martes, 2 de octubre de 2018

Foros para la declaración de la Jota Navarra Bien Inmaterial.






La Cátedra del patrimonio inmaterial de Navarra de la Universidad Pública de Navarra, con el objetivo de secundar la iniciativa de la Asociación NAVARJOTA de presentar la solicitud de declaración de la jota navarra como Bien de Interés Cultural (BIC) del patrimonio inmaterial de Navarra, solicita su participación en este proceso y su adhesión personal o institucional. Para ello, les adjunta una carta de adhesión y un breve resumen de la solicitud que ha estado elaborando la Asociación NAVARJOTA con el apoyo de la Cátedra.

Asimismo, y como es preceptivo en el procedimiento de declaración BIC, la Cátedra, contratada por el Departamento de Cultura del Gobierno de Navarra, tiene el cometido de emitir un informe técnico que estudie la idoneidad de esta declaración y, sobre todo, que valore las medidas de salvaguarda y de revitalización más eficaces. Este informe técnico es evaluado por el Consejo navarro de Cultura y forma parte del expediente de la declaración.

Al ser tan plural el mundo de la jota navarra, hemos visto necesario organizar tres foros de participación (y de adhesión a la solicitud) para sondear la problemática actual y poder sugerir medidas de salvaguarda y revitalización eficaces, como decíamos. Estos tres foros, para facilitar la accesibilidad y el aparcamiento, serán en:

- Tafalla (Zona Media). Sábado 6 de octubre de 11 a 13. Sala de cine del Centro cultural de Tafalla.

- Tudela (Ribera). Sábado 20 de octubre de 11 a 13. Aula 208 de la Universidad Pública de Navarra (Campus de Tudela).

- Pamplona (resto de zonas). Sábado 27 de octubre de 11 a 13. Sala Ada Byron (Edificio de las Encinas) de la Universidad Pública de Navarra (Campus de Arrosadía - Pamplona).

Se puede participar en cualquiera de los tres, según la disponibilidad de cada interesado. Las ideas y aportaciones se recogerán en el informe técnico de la Cátedra y las adhesiones a la declaración se adjuntarán a la solicitud de la Asociación NAVARJOTA.

*NECESITAMOS* que acudáis a los Foros cuanta más gente mejor, profesores, alumnos, padres, joteros, simpatizantes, asociaciones, vecinos, amigos, vaya, todo el que quiera....

Todas las escuelas de jota, joteros, simpatizantes, familiares... avisar a vuestros contactos.

Al terminar los foros iremos a un lugar céntrico de Tafalla, Tudela y Pamplona para cantar un ratico y recoger firmas de adhesión.

Por el bien de la Jota Navara, DE TODOS Y PARA TODOS.

🔻 GRACIAS Y A POR TODAS 🔻











Ley Foral 14/2005, de 22 de noviembre, del Patrimonio Cultural de Navarra.

Artículo 2. Bienes que integran el Patrimonio Cultural de Navarra.

1. El Patrimonio Cultural de Navarra está integrado por todos aquellos bienes inmuebles y muebles de valor artístico, histórico, arquitectónico, arqueológico, etnológico, documental, bibliográfico, industrial, científico y técnico o de cualquier otra naturaleza cultural, existente en Navarra o que, estando fuera de su territorio, tengan especial relevancia cultural para la Comunidad Foral de Navarra.

2. Asimismo integran el Patrimonio Cultural de Navarra los bienes inmateriales relativos a la cultura de Navarra, en los términos previstos en esta Ley Foral.

Forman parte del patrimonio inmaterial los bienes integrantes de la cultura popular y tradicional de Navarra y sus respectivas peculiaridades lingüísticas.


            Artículo 14. Bienes de Interés Cultural.

1. Son bienes de Interés Cultural aquellos bienes inmuebles, muebles e inmateriales del Patrimonio Cultural de Navarra más relevantes, que sean declarados como tales conforme al procedimiento establecido en esta Ley Foral.


De acuerdo con la definición adoptada en 2003, en la Convención para la Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial de la UNESCO, se entiende por patrimonio cultural inmaterial “los usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas- junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes- que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integrante de su patrimonio cultural”.

Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto a la diversidad cultural y la creatividad humana.

En lo tocante a la Jota Navarra, su especificidad, sus rasgos distintivos y su singularidad como activo cultural provocan un sentimiento de propiedad de un territorio, y se erige como algo inherente a nuestro pueblo con una larga y fecunda historia, así como con una importante presencia social.


Por todo esto, hay que abogar por la declaración como Bien de Interés Cultural de carácter inmaterial para 'La Jota Navarra' y la justificación de su excepcionalidad.




Definición y caracterización de la actividad como bien integrante del Patrimonio Cultural Inmaterial

El Plan Nacional de Salvaguarda del Patrimonio Cultural Inmaterial define a este último como el conjunto de usos, representaciones, expresiones, conocimientos y técnicas
- junto con los instrumentos, objetos, artefactos y espacios culturales que les son inherentes - que las comunidades, los grupos y en algunos casos los individuos reconozcan como parte integradora de su patrimonio cultural.
Este patrimonio cultural inmaterial, que se transmite de generación en generación, es recreado constantemente por las comunidades y grupos en función de su entorno, su interacción con la naturaleza y su historia, infundiéndoles un sentimiento de identidad y continuidad y contribuyendo así a promover el respeto de la diversidad cultural y creativa humana. Se adopta por tanto esta definición en la que el Patrimonio Cultural Inmaterial es toda manifestación cultural viva asociada a significados colectivos compartidos y con raigambre en una comunidad.

La Jota Navarra es un bien integrante del Patrimonio Cultural Inmaterial porque responde a esta definición y se caracteriza por los siguientes rasgos:

- Es un patrimonio que está interiorizado por la comunidad

- Es un patrimonio compartido por los miembros de la colectividad

- Es un patrimonio vivo y dinámico

- Es un patrimonio cultural transmitido y recreado

- Es un patrimonio preservado tradicionalmente por la comunidad

- Es un patrimonio que tiene una dimensión también material

- Es un patrimonio contextualizado en un tiempo y en un espacio concretos, asignados ambos por la tradición, que los dota de significado y de valor simbólico

- Es un patrimonio experimentado en tiempo presente

- Es un patrimonio imbricado en las formas de vida tradicionales

- Es un patrimonio que no admite copia

- Es un patrimonio ritualizado

- Es un patrimonio que constituye una experiencia sensorial

- Es un patrimonio vulnerable


La Jota Navarra, por su singularidad y como una de las más puras manifestaciones de nuestro rico folklore, constituye un activo esencial de nuestro Patrimonio Cultural. Su riqueza musical, el inagotable repertorio de sus letras (coplas y estribillos) y bailes y la variedad de sus registros (desde la sátira a la elegía) suscitan en la población navarra un sentimiento muy profundo e inmediato de pertenencia a un territorio y una identificación con su pasado.

A su arraigo y amplia difusión, más allá de los límites de este viejo Reino, han contribuido, de forma señalada, el trabajo, la constancia y el tesón de muchos navarros, del interior y del exterior, que, bien a nivel particular, integrados en grupos folklóricos y asociaciones culturales de todo tipo, han sabido mantener la llama de esta herencia cultural para transmitirla a las generaciones venideras. Una misión a la que no ha sido ajena la colaboración de los ayuntamientos y medios de comunicación navarros.



Justificación de la inscripción de la actividad en el Registro de Bienesdel Patrimonio Cultural de Navarra como bien inmaterial  

La primera tarea de la política cultural protectora es delimitar cuál es el objeto de protección, es decir, identificar las dimensiones culturales dotadas de valor y de interés para la sociedad. Para ello, el Plan Nacional establece una serie de criterios a tener en consideración a la hora de valorar los bienes que integran el Patrimonio Cultural Inmaterial de cara a su salvaguarda.


A continuación, se valoran dichos criterios aplicados al caso de la Jota Navarra para identificarlo correctamente en su dimensión patrimonial como bien inmaterial y analizar si cuenta con elementos suficientes capaces de justificar la inscripción de esta manifestación festiva en el Registro de Bienes del Patrimonio Cultural de Navarra.


            · Protagonismo ineludible de la comunidad

La Jota Navarra, ha nacido y evolucionado aceptada espontáneamente,por sí sola, eminentemente popular. Brotó y sigue brotando de la misma entraña del pueblo. Es elemento esencial de nuestro folclore, sencillamente porque así lo ha querido el pueblo.

Está presente en todas las manifestaciones populares, en fiestas, bodas homenajes, romerías, festivales concursos….

Sus letras improvisadas expresan ironía humor, azares de la vida,y toda la gama de acontecimientos del pueblo.

Ha adquirido personalidad propia y carácter, de acuerdo con las reacciones y formas de ser y sentir del navarro.


            · Peligro inminente de desaparición

Actualmente no hay peligro de desaparición. La Jota Navarra vive un buen momento.


            · Especificidad

Su especificidad, sus rasgos distintivos y su singularidad como activo cultural provocan un sentimiento de propiedad de un territorio, y se erige como algo inherente a nuestro pueblo con una larga y fecunda historia, así como con una importante presencia social.


            · Continuidad

Como corresponde a un bien cultural de carácter inmaterial, la protección de la Jota Navarra se concreta, principalmente, en la realización de las labores de investigación, descripción y divulgación de todo tipo, dirigidas siempre a la conservación documental y a la transmisión intergeneracional y al fomento del aprecio de los valores que esta realidad cultural entraña.


            · Formas de transmisión

A través de numerosas grabaciones de joteros, joteras y grupos del momento,  festividades y celebraciones, concursos y certámenes… prueba la pervivencia y la riqueza musical y textual


Teniendo en cuenta estos valores que se reconocen en la Jota Navarra, la hacen merecedora de integrarse en la categoría de Bienes de Interés Cultural.


EN RESUMEN:

La jota es la manifestación popular que constituye una de las expresiones culturales más representativas de esta tierra, una Comunidad que hace compatible la modernidad, el desarrollo y la innovación con el hondo aprecio a sus raíces históricas, a sus señas de identidad, a sus tradiciones y al variado patrimonio cultural.

La Jota, forma parte de ese rico patrimonio que, como tal, debe ser protegido, mantenido y potenciado. No sólo es necesario impulsar su enseñanza e interpretación, sino también su divulgación.

Navarra es una Comunidad con gran tradición musical, cuna de excelentes joteros y joteras que con buen hacer y con gran sentimiento tratan de conservar este canto popular como elemento vivo del folklore navarro y de nuestras vidas.

Que este trabajo contribuya a fortalecer aquello que nos une e identifica y a hacer todavía más grande, si cabe, la admiración, afición y devoción que Navarra siente por la Jota.

Por todo esto, dada la importancia de la Jota Navarra, vamos a presentar la solicitud de declaración de la Jota Navarra Bien de Interés Cultural como Patrimonio Cultural Inmaterial.

No hay comentarios:

Publicar un comentario